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¿Son recurribles las sentencias dictadas por los Tribunales Superiores de Justicia o por la Audiencia Nacional?

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<p>En determinados supuestos, las sentencias dictadas por los Tribunales<br /> Superiores de Justicia o por la Audiencia Nacional, pueden impugnarse ante el Tribunal Supremo. A esta instancia procesal se le denomina recurso de casación. </p> <p>La Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa establece los casos en los que no puede interponerse recurso de casación, entre los cuales destacan aquellos cuya cuantía no exceda de seis millones de pesetas. </p> <p>Establece también los motivos en los que debe fundarse el recurso, entre los cuales figuran tres formales y uno de fondo: “la infracción de las normas del ordenamiento jurídico o de la jurisprudencia, que fueren aplicables para resolver las cuestiones objeto de debate”.</p>