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¿En qué consisten las consultas tributarias?

Aclare sus dudas consultando su caso particular


En infinidad de ocasiones, el contribuyente se encuentra en la tesitura de aplicar una norma en tal o cual sentido. Desgraciadamente, en materia tributaria dos y dos no siempre son cuatro, bien porque la lectura de un precepto pueda dar lugar a interpretaciones dispares o porque no exista precepto que regule, de forma expresa, las implicaciones fiscales de un supuesto concreto. En tal caso, el contribuyente puede optar por realizar su propia interpretación del precepto en cuestión o, en su caso, colmar el vacío legal existente, autoliquidando sus impuestos de acuerdo con su leal, o menos leal, saber y entender. Pero por motivos de seguridad jurídica, puede también optar por elevar una consulta formal a la Administración, con el fin de que ésta emita una contestación al respecto. La consulta se configura como un derecho del contribuyente, cuyo fin es el de garantizar la certeza en la aplicación de las normas tributarias. La figura de la consulta cobra especial trascendencia en un sistema, como el español, en el que el procedimiento de recaudación se basa, fundamentalmente, en las autoliquidaciones practicadas por los sujetos pasivos, a quienes se les presume un profundo conocimiento de la normativa fiscal.