El Tribunal Supremo ha anulado la resolución de Hacienda que obligaba a Valencia a devolver 55,8 millones de euros al Estado correspondientes a fondos europeos Feder para el periodo 1994-99
La decisión es consecuencia de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de junio de 2015
El Tribunal Supremo ha anulado la resolución de Hacienda que obligaba a Valencia a devolver 55,8 millones de euros al Estado correspondientes a fondos europeos Feder para el periodo 1994-99. La decisión es consecuencia de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de junio de 2015, que anuló a su vez la resolución de la Comisión Europea de 29 de enero de 2010, que redujo la cuantía de fondos Feder a España al detectar incumplimientos en determinados proyectos para la Comunidad Valenciana.
Dicha sentencia del Tribunal europeo priva de todo valor jurídico, según el Supremo, a la resolución de la directora general de Fondos Comunitarios (del entonces Ministerio de Economía y Hacienda), de 29 de junio de 2011, por la que se reducía la contribución del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a favor de la Generalitat valenciana en 55,8 millones de euros, de forma que la contribución final ascendería a 571,1 millones, y se acordaba el reintegro de la cantidad percibida en exceso.
La Generalitat recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que desestimó el 13 de febrero de 2013 su recurso basándose en la resolución de la Comisión Europea de enero de 2010. Sin embargo, el Supremo ha estimado ahora el recurso planteado por el Gobierno valenciano contra la sentencia del TSJ, basándose en la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, de 24 de junio de 2015, que anula la resolución de la Comisión.
La citada sentencia del Tribunal de Justicia de la UE estimó un recurso interpuesto por el Reino de España, aunque no se aportó a la causa en el Supremo por la Administración del Estado (como el TS destaca que hubiese sido “esperable”) sino por la Generalitat valenciana.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Espín, rechaza los argumentos del abogado del Estado, en representación de la Administración central, para que se mantuviese la orden de 2011 y su acuerdo de que la Generalitat valenciana reintegrara parte de los fondos Feder percibidos.
El alto tribunal explica que, siendo firme la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, la Administración central ya ha reclamado y recibirá el reintegro de los fondos que había devuelto en virtud de la resolución de la Comisión de 29 de enero de 2010, ahora anulada, “sin que el hecho de que la Administración haya sido privada temporalmente de dichos fondos sea imputable a la Administración de Valencia”.
“Frente al argumento –añade el Supremo-- de que en caso de no devolver las cantidades reclamadas la Administración de la Comunidad de Valencia se beneficiaría de un enriquecimiento injusto, lo mismo se podría decir a la inversa, en caso de que la Administración del Estado recibiese por duplicado tales fondos como consecuencia de la devolución de los mismos por parte de la Comisión Europea y por parte de la Generalidad de Valencia, situación que se mantendría hasta tanto no devolviera a su vez dichos fondos a ésta última”.
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