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Reflexiones a propósito de la Lista de Morosos publicado por Hacienda.

Júlia Tax Answer

 Reflexiones a propósito de la Lista de Morosos publicado por Hacienda.

 

Mucho se ha hablado sobre esta lista, y es cierto que hay casos flagrantes, no obstante, nos gustaría hacer algunas matizaciones que consideramos relevantes y necesarias. Con la Administración no todo es lo que parece, y especialmente con Hacienda.

 

Primero.- Hoy se Cierra un segundo listado de las empresas y personas físicas que deben a Hacienda más de un millón de euros y no tienen su deuda aplazada que se publicará la próxima primavera.

 

Efectivamente , las empresas y personas físicas que hoy deben a Hacienda más de un millón de euros y no tienen su deuda aplazada ni suspendida formarán parte de la segunda lista de morosos que Hacienda cierra el día de final de año y publicará en la primavera de 2016. Tal como lo establece la reforma de la Ley General Tributaria que entró en vigor el pasado 12 de septiembre para cada año. La excepción ha sido la primera lista de morosos, que publicó la Agencia Tributaria (AEAT) el pasado 23 de diciembre, un día antes de Nochebuena.

 

Segundo.-  Es importante destacar el concepto de Morosidad: se trata de la Dilación, el retraso o la tardanza en cumplir una obligación, pagar una deuda, atender un compromiso, etc. De hecho, se produce siempre que el deudor es requerido por el acreedor y no puede responder al pago, pero al contrario de la demora que puede ser un retraso corto, la mora es un retraso que se consolida, una falta de cumplimiento ya patente y de no inmediata solución. Esto ocurre en la práctica, porque de acuerdo con el Código de Comercio y el Código civil se incurre en mora tan pronto como los obligados a entregar o hacer alguna cosa son requeridos por el acreedor judicial o extrajudicialmente al cumplimiento de su obligación.

 

La Morosidad no es por tanto, la imposibilidad de cobrar, como muchos creen; de resultas de ello nos podemos encontrar con deudores que ya han saldado su deuda, puede ser el caso de Pescanova, que según un comunicado de la compañía, que debía el 31 de julio 4,4 millones, pero asegura que ha saldado su deuda.

 

También el de la productora Secuoya, que adeudaba 2,29 millones en la misma fecha. Secuoya se adjudicó en octubre una licencia para la emisión de un canal. Según la empresa, obtuvo la licencia a pesar de su deuda, lo que prohíbe la Ley de Contratos con el Sector Público, porque Hacienda le concedió un aplazamiento el 3 de agosto ( aunque publicó el 23 de diciembre siguiente a dicha compañía en la lista de Morosidad ).

 

Tercero.- Un caso interesante son los deudores que tienen un pleito planteado con Hacienda de resultas de esa misma deuda. Hacienda no es todopoderosa en los tribunales, y pierde pleitos.  Algunos deudores desaparecerán de la segunda lista por haber ganado un pleito con Hacienda por la citada publicada en el primer listado . También podría prosperar el recurso de alguno de los “morosos” que impugne la lista y solicite medidas cautelares, aseguran las mismas fuentes.

 

La pregunta es, ¿Qué credibilidad tiene esta lista? ¿ Cómo se compensa el daño causado? , como todo lo que tiene que ver con la Administración, a la primera pregunta la respuesta es poca y la segunda es nadie.

 

No tiene sentido publicar en la lista, a empresas que después de cerrar las lista y antes de publicarla, se les concede un aplazamiento, o para esa fecha ya han liquidado su deuda. Tampoco cuando la deuda está recurrida y por tanto no es definitiva.

 

 

La segunda lista puede publicarse entre enero y 30 de junio de 2016, aunque posiblemente no se hará pública hasta pasado el 24 de marzo, ya que el primer listado podrá consultarse en la web de la AEAT durante tres meses, con lo que será retirado el 24 de marzo.

 

No todo es cuestionable, la foto de la crisis queda patente:

 

Las inmobiliarias y promotoras caídas durante los años de crisis son las empresas que acumulan la mayor deuda. Encabezan la primera lista, en buena medida reflejo de la crisis y del pinchazo de la burbuja inmobiliaria, Reyal Urbis (378,1 millones) y Nozar (203,1 millones). El listado incluye a 4.855 deudores que deben 15.600 millones de euros, de los que 4.510 son personas jurídicas con una deuda de 14.900 millones, y 345, personas físicas que deben más de 700 millones. Lideran el ránking de particulares Agapito García Sánchez (26,8 millones) y Mario Conde 9,9 millones. De los más de 15.600 millones recogidos, más de 6.500 millones, el 42% del total, es deuda de morosos en proceso concursal. Además, con 825 morosos se han realizado derivaciones de responsabilidad. Aquí se encuentran sucesiones de empresas y empresas pantalla.

Imagen de Josep Navarro
Josep Navarro es Licenciado en Económicas por la UB, especializado en Inspecciones Tributarias, con más de 25 años de experiencia en asesoría fiscal para empresas y particulares en España.

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