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Cómo modificar una declaración de la renta ya presentada

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Es posible que después de presentar la declaración de Renta del ejercicio actual o de uno anterior no prescrito, adviertas errores u omisiones que hagan necesario modificar la declaración presentada

 

Pueden darse dos supuestos. No obstante, aunque el proceso para la modificación será algo diferente, en ambos casos podrás realizar la modificación a través de Renta WEB.

Si los errores u omisiones te causan un perjuicio porque la cantidad a devolver debe ser mayor, o menor la cantidad a ingresar, puedes solicitar la rectificación de la declaración que presentaste.

Si los errores u omisiones causan un perjuicio a la Hacienda Pública porque la cantidad a devolver deber ser menor, o mayor la cantidad a ingresar, debes presentar una declaración complementaria.

También debes utilizar esta vía y presentar una declaración complementaria si se dan situaciones o circunstancias sobrevenidas que han motivado que hayas perdido el derecho a una deducción, reducción o exención ya aplicada en una declaración anterior.

 

Analicemos ambos casos:

 

1.- Rectificación

Puedes solicitar la rectificación de tu autoliquidación accediendo nuevamente a tu expediente de Renta a través de Renta WEB, marcando la casilla de solicitud de rectificación. En estos casos podrás rectificar directamente los datos en la declaración presentada en su momento.

No podrás solicitar la rectificación si la Administración ya hubiera practicado una liquidación provisional o definitiva por el error u omisión que vas a rectificar, o si ya hubiera transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años.

También puedes solicitar la rectificación de tu declaración de renta presentando un recurso o solicitud de rectificación.

 

2.- Complementaria

En este caso debes presentar una declaración complementaria, que también puedes presentar a través de Renta WEB, accediendo a la opción "Modificar declaración presentada" e indicando que se trata de la presentación de una declaración complementaria.

La nueva autoliquidación debe recoger correctamente todos los datos, por lo que debes incorporar, junto a los que ya reflejaste correctamente en la declaración presentada, los de nueva inclusión o modificación.

Se restará del resultado de la autoliquidación complementaria presentada el importe que se ingresó en la originaria con errores u omisiones, si ésta fue positiva, o bien se sumará la devolución percibida, si resultó a devolver. El resultado obtenido es la cuota que debes ingresar como consecuencia de la autoliquidación complementaria.

 

 

En resumen, sí es posible modificar una declaración de renta presentada anteriormente en caso de detectar errores u omisiones. Si los errores u omisiones causan un perjuicio para la Hacienda Pública, se debe presentar una declaración complementaria, mientras que si causan perjuicio al contribuyente, se puede solicitar la rectificación. Ambas opciones están disponibles a través de Renta WEB y se deben realizar dentro del plazo de prescripción de cuatro años, y no se pueden realizar si ya ha sido practicada una liquidación provisional o definitiva. En cualquier caso, es importante incorporar correctamente todos los datos en la nueva autoliquidación.

Imagen de Josep Navarro
Josep Navarro es Licenciado en Económicas por la UB, especializado en Inspecciones Tributarias, con más de 25 años de experiencia en asesoría fiscal para empresas y particulares en España.

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