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IRPF V0741-20 - 06/04/2020

Consultation number: 
V0741-20
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DGT Organ: 
SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
Departure date: 
06/04/2020
Regulation: 
LIRPF, Ley 35/2006, Art. 14
Description of facts: 

Al consultante, guardia civil retirado con efectos desde 19 de julio de 2019, la Dirección General de la Guardia Civil le abonó indebidamente los haberes correspondientes al mes de agosto de 2019. En enero de 2020, la Dirección General de la Guardia Civil le solicita el reintegro de la referida mensualidad por haber sido indebidamente abonada, por lo que el día 28 del mismo mes efectúa su ingreso en una entidad bancaria.

Issue raised: 

Incidencia del cobro indebido y devuelto en la declaración del IRPF-2019.

Complete answer: 

La imputación temporal de las rentas se recoge en el artículo 14 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE del día 29), precepto que en su apartado 1.a) establece como regla general para los rendimientos del trabajo su imputación “al período impositivo en que sean exigibles por su perceptor”.

En el presente caso, y en relación con la cuestión formulada, nos encontramos con unos rendimientos del trabajo indebidamente percibidos: los satisfechos por la Dirección General de la Guardia Civil por el mes de agosto de 2019, reclamados por esta en enero de 2020 y reintegrados por el consultante el día 28 el mismo mes.

Pues bien, respecto a estos rendimientos del trabajo indebidamente percibidos en 2019 procede indicar que ese carácter de indebidos, no exigibles —por tanto— por su perceptor, y que deben ser reintegrados al pagador —devolución que según se indica en el escrito de consulta ya se ha realizado—, comporta que no proceda incluirlos en la liquidación del IRPF-2019.

Lo que comunico a usted con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE del día 18).