¿Qué debe hacer si lleva ya el documento S-1 presentado previamente por Internet a la salida del territorio nacional?
1.- Si sale por un paso fronterizo con Servicio permanente de Aduanas y lleva un documento S1 presentado previamente a través de la página web de la AEAT, o a través de una entidad bancaria registrada si es cliente de la misma:
- En el momento de producirse la salida del territorio nacional, presentará el documento al personal de aduanas donde se efectuará la comprobación de los datos previamente declarados.
- Si en el momento de producirse la salida del territorio nacional no hay personal al servicio de la AEAT, deberá dirigirse al personal de la Guardia Civil en funciones de Resguardo Aduanero, que efectuará la verificación de los datos previamente declarados, dejando constancia en el documento S1.
2.- Si se dirige a un país de la Unión Europea a través de un paso fronterizo sin Servicios de Aduanas debe haber realizado su declaración, previamente a la salida, en las Dependencias Provinciales de Aduanas e Impuestos Especiales o en las Administraciones de Aduanas de la Agencia Tributaria. (Este caso se suele dar en fronteras terrestres)
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