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Viajeros - Requisitos para la devolución del iva por compras en españa por no residentes en la u.e.

Consulta: 

Un  turista con residencia fuera de la Unión Europea que haya realizado compras en España  ¿puede recuperar el IVA pagado por dichas compras?

Respuesta corta: 

Si, siempre que resida en un país que no pertenezca a la Unión Europea, o sea residente en las Islas Canarias, o en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y además, cumpla los siguientes requisitos:

- las compras las debe haber realizado en la península o en las Islas Baleares, quedando fuera de este régimen, las compras que haya realizado en las Islas Canarias o en las ciudades de Ceuta y Melilla.

- los bienes no deben constituir una expedición comercial, es decir, debe haberlos adquirido de manera ocasional y con destino a su uso personal o de sus familiares u ofrecerlos como regalos y que, por su naturaleza y cantidad, no pueda presumirse que sean el objeto de una actividad comercial.

- Las mercancías deben tener un valor superior a 90,15 € por cada factura de las compras realizadas, debiendo figurar el impuesto pagado separado del precio del producto..

Asimismo quedan excluidos de este régimen las entregas de bienes destinadas al equipamiento o avituallamiento de cualquier medio de transporte de uso privado (por ej. Neumáticos y combustible).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.)
Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre de 1992 Reglamento de la Ley del I.V.A.
Orden Ministerial HAP/2652/2012, de 05 de diciembre de 2012
ID: 
137296