¿Qué cantidades pueden traer libre del pago de derechos de aduanas e impuestos los viajeros procedentes del Principado de Andorra?
Estarán exentas las mercancías contenidas en los equipajes personales de los viajeros con las limitaciones y requisitos siguientes y siempre que no tengan carácter comercial:
1- Mercancías cuyo valor global no exceda de 900 Euros (Menores de 15 años hasta 450 Euros) y además los teléfonos, emisoras y bicicletas deben llevar la indicación de que están homologados
2- Con independencia de los valores anteriores, estarán exentos de los derechos e impuestos mencionados los límites cuantitativos siguientes:
Productos del tabaco (Las siguientes categorías se excluyen entre sí)
Cigarrillos 300 piezas; Puritos (cigarros puros de un peso máximo de 3 grs. por pieza) 150 unidades; Cigarros puros 75 unidades o Picadura de tabaco y tabaco para pipa 400 gramos
Alcoholes y bebidas alcohólicas
1,5 litros de Bebidas de grado alcohólico superior a 22º ; 3 litros de Bebidas con un grado alcohólico inferior a 22º. (Estos productos se excluyen entre sí, sólo uno de los dos)
Vinos tranquilos 5 litros
Cerveza 16 litros
Además se puede traer determinadas cantidades de café, té, perfumes así como de productos alimenticios con límite de valor. Consultar Viajeros procedentes del Principado de Andorra
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