¿Qué debe hacer si ha presentado por Internet el documento S-1 procediendo de un país no perteneciente a la Unión Europea?
En el momento de producirse la entrada en el territorio nacional debe presentar el documento al personal de aduanas donde se efectuará la comprobación de los datos previamente declarados
Si en el momento de producirse la entrada en el territorio nacional no hay personal al servicio de la AEAT (Aduanas), deberá dirigirse a la Guardia Civil en funciones de Resguardo Aduanero, que efectuara la comprobación de los datos previamente declarados, dejando constancia en el documento S1.
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