¿Qué debe hacer si quiere declarar que es portador de una cantidad de dinero para la que es necesaria la declaración y no lleva ningún documento S1 o lleva un documento S1 en papel?
Si procede de un país no perteneciente a la Unión Europea, en el momento de producirse la entrada en el territorio nacional hay personal al servicio de la aduana se efectuará la comprobación de los datos que van a ser objeto de declaración, procediéndose, a la cumplimentación de la declaración.
Si en el momento de producirse la entrada en el territorio nacional no hay personal al servicio de la aduana, debe dirigirse a la Guardia Civil en funciones de Resguardo Aduanero, y entregar el documento S1 sin diligenciar y si no lo lleva se le entregará una copia en blanco del documento S1 para que lo rellene, firme y entregue a la Guardia Civil en funciones de Resguardo Aduanero, a efectos de que se deje constancia de los controles realizados en el propio documento S1.
Si procede de un estado perteneciente a la Unión Europea deberá hacer su declaración previa a la entrada en el territorio nacional mediante la presentación del modelo S1 cumplimentada ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (www.agenciatributaria.es).
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