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TRABAJO INTERMITENTE

Consulta: 

La madre con un niño de 1 año únicamente trabaja en enero, de abril a julio y en diciembre. Ha cotizado 80 euros cada mes. ¿Cuánto deducirá?, ¿Y si el niño nace en agosto?, ¿Y si, nacido el niño en agosto, cotiza 150 en diciembre?

Respuesta corta: 

Si cumple todos los requisitos, podrá deducir en el año 480 euros (lo cotizado en enero, abril, mayo, junio, julio y diciembre, que son los meses que trabaja).

Si el niño nace en agosto, podrá deducir 80, que es lo cotizado en diciembre (el único mes trabajado desde el nacimiento del niño).

Si nacido el niño en agosto, en diciembre ha cotizado 150, podrá deducir 100 (limite máximo por un mes y un hijo).

Respuesta extendida: 
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ID: 
134767