¿Qué tipo será aplicable para la determinación del Gravamen especial sobre las rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español?
El tipo del gravamen especial será del 8 por ciento.
No obstante, en el caso de transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español, la parte de base imponible que se corresponda con cualquier corrección de valor que hubiera tenido la consideración de fiscalmente deducible durante el tiempo de tenencia de la participación, tributará al tipo de gravamen que corresponda al sujeto pasivo.
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