Los psicólogos y logopedas están considerados por el artículo 20.Uno.3º de la Ley de IVA como profesional médico o sanitario, por lo que si prestan servicios a personas físicas, consistentes en asistencia médica, quirúrgica o sanitaria relativas al diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades, estos servicios estarían exentos. Los pedagogos no son considerados profesionales médicos o sanitarios por lo que sus servicios no estarían exentos.
Por tanto, estarán exentos:
- los servicios prestados por licenciados en filosofía y ciencias de la educación, sección de psicología, especialidad de psicología clínica, que consistan en el estudio de la psiquis o en el diagnostico, prevención o curación de sus alteraciones.
- los servicios de reeducación de la voz y formas de expresión prestados a personas que no saben hablar (logopedia y foniatría) cuando el prestador esté habilitado para el diagnóstico y tratamiento.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!