¿Están sometidos a retención los premios obtenidos en los bingos?
En general existe obligación de practicar retención a cuenta sobre los premios, pero se exceptúa de la misma a los premios que se entregan como consecuencia de juegos organizados al amparo de lo previsto en el Real Decreto Ley 16/77. Esta norma recoge los juegos de casinos de juego, bingo y boletos, maquinas recreativas con premio y maquinas de azar, por lo que, tratándose de un premio derivado de la participación en un bingo, no existe obligación de practicar retención.
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