¿La falta de información sobre la RIC en la memoria de las cuentas anuales determina la regularización de la situación tributaria por parte del sujeto pasivo? ¿Es sancionable el incumplimiento de este requisito formal?
La falta de información sobre la RIC en la memoria no da lugar a la regularización de la situación tributaria del sujeto pasivo. No obstante, sí es sancionable.
Constituye infracción tributaria grave no hacer constar en la memoria de las cuentas anuales dicha información y se sancionará con multa pecuniaria proporcional del 2 por ciento del importe de las dotaciones a la RIC que debieran haberse incluido.
También constituye infracción tributaria grave incluir datos falsos, incompletos o inexactos en la memoria de las cuentas anuales y se sancionará con multa pecuniaria fija de 500 euros por cada dato omitido, falso o inexacto, con un mínimo de 5.000 euros.
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