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Protección por la Unión Europea

Consulta: 

¿Existe algún procedimiento que impida la importación de mercancías sospechosas de vulnerar derechos de propiedad intelectual?

Respuesta corta: 

Si, la reglamentación de la Unión Europea prevé un procedimiento relativo a las mercancías sospechosas de vulnerar derechos  de propiedad intelectual que estén, o debieran estar, bajo vigilancia aduanera o sujetas a control aduanero dentro del territorio aduanero de la Unión, y en particular mercancías declaradas para su despacho a libre práctica, exportación o reexportación, cuando se introduzcan en el territorio aduanero de la Unión o lo abandonen y cuando estén incluidas en un régimen de suspensión o en zona franca o depósito franco.

La intervención de las autoridades aduaneras consistirá en suspender la concesión del levante o en la retención de aquellas mercancías sospechosas de vulnerar determinados derechos de propiedad intelectual hasta la destrucción de las mismas, o hasta que se determine si se trata efectivamente de mercancías que vulneran estos derechos.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Reglamento (UE) nº 608/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de junio de 2013 relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1383/
Reglamento de Ejecución (UE) nº 1352/2013 de la Comisión de 4 de diciembre de 2013 por el que se establecen los formularios previstos en el Reglamento (UE) nº 608/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de junio de 2013 relativo a la vigilancia po
ID: 
137927