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Protección intelectual: ¿Cuándo procede la destrucción en pequeños envíos ?

Consulta: 

¿Cuándo se puede aplicar el procedimiento de destrucción de pequeños envíos?

Respuesta corta: 

En primer lugar debe de tratarse de mercancías consideradas como pequeños envíos que según la normativa aplicable serán los envíos por correo postal o por servicio de transporte de envío urgentes que contengan tres o menos unidades o tenga un peso bruto inferior a dos kilogramos.

El procedimiento para la destrucción de pequeños envíos se aplicará a las mercancías que cumplan las condiciones siguientes:

   - ser sospechosas de falsificación o piratería

   - no ser perecedera

   - estar cubiertas por una Solicitud de Intervención

   - haber solicitado el titular de la decisión el uso de este procedimiento.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Reglamento (UE) nº 608/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de junio de 2013 relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1383/
Reglamento de Ejecución (UE) nº 1352/2013 de la Comisión de 4 de diciembre de 2013 por el que se establecen los formularios previstos en el Reglamento (UE) nº 608/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de junio de 2013 relativo a la vigilancia po
ID: 
137940