Las consecuencias de la solicitud son:
- La Administración tributaria calcula el importe anual de las retenciones que corresponde practicar a cada pagador.
- Una vez que se haya trasladado al pagador el importe de las retenciones anuales fijadas por la Administracion tributaria, cada pagador determina el tipo de retención aplicable a las prestaciones pendientes hasta fin del ejercicio.
- El tipo de retención resultante permanecerá invariable y no admitirá regularizaciones salvo que se produzca un aumento de las prestaciones y éstas superen los 22.000 euros en cuyo caso se aplicará el procedimiento general, practicando la correspondiente regularización.
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