Tipos de retención aplicables a los rendimientos, cualquiera que sea su calificación, derivados del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, cesión de derechos de imagen y restantes conceptos previstos por el artículo 75.2 b) del Reglamento del Impuesto.
- El 19% para arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos, sobre todos los conceptos que se satisfagan al arrendador, excluido el IVA.
- El 24% por la cesión del derecho a la explotación de derechos de imagen, sobre los ingresos íntegros satisfechos ( 19% en el régimen especial de imputación del art. 92.8 de la Ley del Impuesto).
- El 19% para los rendimientos íntegros satisfechos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas y del subarrendamiento sobre los bienes anteriores.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!