¿Cuál es la cuantía que deben reducir de la base imponible aquellos sujetos pasivos residentes en las Comunidades Autónomas de Cataluña y de Madrid, que sí han fijado sus propios importes en el mínimo exento?
- Sujetos pasivos residentes en la Comunidad Autónoma de Cataluña. Con carácter general 108.200 euros, y para aquellos sujetos pasivos discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales con una minusvalía igual o superior al 65% un importe de 216.400.
- Sujetos pasivos residentes en la Comunidad Autónoma de Madrid un importe de 112.000 euros.
En el supuesto de obligación real, este mínimo exento no sería de aplicación.
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