Excepciones a la norma general de lugar de presentación de declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio.
Como excepciones a la presentación conjunta del Impuesto sobre el Patrimonio y el del IRPF se encuentra:
- La presentación por medios telemáticos (Internet)
- Igualmente la presentación se hará en lugar diferente cuando la declaración por IRPF sea presentada de forma individual por cónyuges no separados legalmente acogiéndose en tales declaraciones al sistema de compensación de la deuda tributaria de uno con la devolución resultante en la declaración del otro.
- Los contribuyentes que no estén obligados a presentar declaración por el IRPF presentarán patrimonio en Entidad colaboradora autorizada si fuera positivo, o en la Delegación, por correo certificado u oficinas de las Comunidades Autónomas si el Patrimonio fuera negativo.
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