¿Qué bonificación establece la Comunidad Autónoma Valenciana a partir de 1 de enero de 2004?
Los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Patrimonio, no residentes en España con anterioridad a 1 de enero de 2004, que hubieran adquirido su residencia habitual en la C.Valenciana con motivo de la celebración de la XXXII Edición de la Copa América, y que tengan la condición de miembros de las entidades que ostenten los derechos de explotación, organización y dirección de la citada Edición o de las entidades que constituyan los equipos participantes, se podrán aplicar una bonificación del 99,99 por 100 de la cuota, excluida la parte de la misma que proporcionalmente corresponda a los bienes y derechos que estén situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español y que formaran parte del patrimonio del sujeto pasivo a 31 de diciembre de 2003. La condición de miembro deberá acreditarse mediante certificación que, a tal efecto, expida el Consorcio Valencia 2007.
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