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Particulares - Otan: procedimiento en la importación

Consulta: 

¿Cómo se tramita el despacho de mercancías importadas por miembros adscritos a los Cuarteles de la OTAN, con exención del pago de derechos e impuestos a la importación?

Respuesta corta: 

El despacho de mercancías con exención de pago de derechos e impuestos debe hacerse con la correspondiente declaración en la aduana de llegada de las mercancías, mediante la formalización del Documento Único Administrativo (DUA).

En el DUA de despacho, el interesado deberá consignar en la casilla correspondiente a la justificación de dicha franquicia (casilla 44), única y exclusivamente, el número de franquicia junto con la copia de la comunicación del traslado de la autorización de la franquicia a la Aduana correspondiente, suministrada por el Ministerio de Defensa.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Real Decreto 160/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan las exenciones fiscales
relativas a la Organización del tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internaciones de dicha Organización y a los
Estados parte en dicho Tratado y se establece el procedimiento para su aplicación
Reglamento (UE) Nº 952/2013 DEL Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código
aduanero de la Unión
Resolución de 25 de agosto de 2017, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, por la que se modifica la Resolución de 11 de julio de 2014, en la que se recogen las instrucciones para la formali-
zación del Documento Único Administrativo (DUA)
ID: 
140094