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Particulares - Omisión de presentación del modelo s-1

Consulta: 

¿Qué ocurre si estando obligado a la presentación del modelo de Declaración de movimientos Medios de Pago S-1, no se presenta o se consignan datos falsos?

Respuesta corta: 

La omisión de esta declaración o la falta de veracidad de los datos declarados determinarán la intervención por los Servicios de Aduanas o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de la totalidad de los medios de pago hallados, incoándose la correspondiente Acta de Intervención. Asimismo, podrá imponerse la sanción de multa cuyo importe mínimo será de 600 euros y cuyo importe máximo podrá ascender hasta la mitad del contenido económico de los medios de pago empleados. En el caso de que los medios de pago fueran hallados en lugar o situación que mostrase una clara intención de ocultarlos o no resultase debidamente acreditado el origen de los fondos, la sanción podrá llegar al tanto del contenido económico de los medios empleados.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Art. 34 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
Orden EHA/1439/2006, de 3 de mayo, reguladora de la declaración de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del
blanqueo de capitales
ID: 
138908