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Particulares - Formas de presentación de la declaración medios de pago s-1

Consulta: 

¿Dónde se  puede presentar el modelo S-1?

Respuesta corta: 

Los ciudadanos, tanto residentes como no residentes podrán:

1- Cumplimentar a través de la página www.aeat.es la declaración S1, con independencia de que se trate de operaciones de entrada o salida, tanto por pasos fronterizos en los que exista servicio de aduanas permanente o servicio de aduanas no permanente.

2- Presentarla en una entidad de crédito registrada, si bien limitada exclusivamente a que el origen o destino de los fondos sea una cuenta de dicha entidad.

3- Dirigirse a cualquier Dependencia Provincial de Aduanas o Administraciones o servicios de ella dependientes a los efectos de que se grabe la declaración modelo S1 con carácter previo a la salida del territorio nacional o para realizar movimientos por el territorio nacional.

4- En determinadas circunstancias, recogidas en los apartados siguientes puede ser necesario que el documento S1 se presente en papel, como paso previo a su posterior tramitación informática.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
Orden EHA/1439/2006, de 3 de mayo, reguladora de la declaración de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del
blanqueo de capitales
ID: 
138902