• English
  • Español

PADRE O TUTOR

Consulta: 

¿En algún caso es aplicable la deducción por maternidad al padre o tutor?

Respuesta corta: 

Sí. En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o tutor, este tendrá derecho a la deducción pendiente, siempre que cumpla los requisitos exigidos.

Para el reconocimiento del derecho a la deducción en este caso no será necesaria la existencia previa de una mujer con derecho a la misma. Les corresponderá el importe de la deducción pendiente, es decir, la deducción que corresponda al tiempo que reste hasta que el hijo o tutelado alcance los tres años de edad (en el supuesto de adopción o acogimiento el plazo se computará desde su comienzo).

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
134759