Y si el Operador Económico está establecido en la Unión Europea pero parte de su actividad, en la cadena logística internacional, se realiza en otro país no comunitario, ¿puede solicitar la autorización OEA?
Podrá ser Operador Económico Autorizado por la parte de actividad que realice en la UE, no extendiéndose las ventajas que atribuye el OEA a las delegaciones / actividades que tenga / realice en otros países por no estar reguladas por la normativa aduanera europea.
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