¿Cuáles son los módulos del régimen simplificado aplicables en el año 2011?
La Orden EHA/3063/2010, de 25 de noviembre, desarrolla para el año 2011 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.
Para 2011 puede renunciarse al régimen simplificado del IVA o revocar la renuncia desde el 1 hasta el 31 de diciembre de 2010.
También se entenderá efectuada la renuncia al presentar en plazo la declaración liquidación del primer trimestre del año natural en que deba surtir efectos aplicando el régimen general.
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