Los empresarios y profesionales en régimen simplificado ¿tienen obligación de llevar libros-registro?
Sí. Deberán llevar un libro registro de facturas recibidas anotando separadamente las adquisiciones o importaciones de activos fijos con los datos necesarios para efectuar las oportunas regularizaciones.
Si realizan otras actividades a las que no les sea aplicable el régimen simplificado, anotarán separadamente las adquisiciones correspondientes a cada sector diferenciado de la actividad.
Si los índices o módulos operan sobre el volumen de ingresos realizado llevaran un libro-registro en el que anotarán las operaciones efectuadas en estas actividades.
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