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Mercancías - Plazo de permanencia en el régimen

Consulta: 

¿Qué plazo pueden permanecer las mercancías en el régimen de importación temporal?

Respuesta corta: 

Las autoridades aduaneras fijarán el plazo al término del cual las mercancías incluidas en el régimen de importación temporal deberán ser reexportadas o incluidas en un régimen aduanero posterior. Este plazo deberá ser suficiente para que se pueda alcanzar el objetivo del destino autorizado.

Salvo que se disponga lo contrario, el plazo máximo de permanencia de las mercancías en el régimen de importación temporal, para el mismo fin y bajo la responsabilidad del mismo titular de la autorización, será de 24 meses, aun cuando el régimen se hubiera ultimado por inclusión de las mercancías en otro régimen especial, a su vez seguido de una nueva inclusión en el régimen de importación temporal.

Cuando, en circunstancias excepcionales, el fin autorizado no pueda alcanzarse dentro del plazo mencionado en los apartados anteriores, las autoridades aduaneras podrán conceder una prórroga de dicho plazo por un tiempo razonable, previa solicitud debidamente justificada del titular de la autorización.

El tiempo total de permanencia de las mercancías en el régimen de importación temporal no será superior a 10 años, salvo en caso de circunstancias imprevisibles.

Se establecen plazos especiales de ultimación para medios de transporte y contenedores, así como para mercancías utilizadas para efectuar ensayos o someterse a ellos, medios de producción de sustitución y mercancías destinadas a actos o a la venta en determinadas situaciones.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 251 del Reglamento (UE) Nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre, por el que se establece el
Código Aduanero de la Unión
Artículos 217, 218 y 237 del Reglamento Delegado (UE) nº 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015 por el que se completa
el Reglamento (UE) Nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas
disposiciones del Código Aduanero de la Unión
ID: 
137854