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Mercancías - Definición de mercancías equivalentes

Consulta: 

¿Qué se entiende por mercancías equivalentes?

Respuesta corta: 

Son mercancías equivalentes, las mercancías de la Unión que sean transformadas en lugar de las mercancías incluidas en el régimen de perfeccionamiento activo, para la fabricación de los productos transformados. Las mercancías equivalentes deberán tener el mismo código de ocho dígitos de la nomenclatura combinada, ser de idéntica calidad comercial y poseer las mismas características que las mercancías a las que sustituyan. (Art. 223 CAU)

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre 2013, por el que se establece el Código Aduanero
de la Unión
Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 952/2013 del Par-
lamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión
Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se establecen normas de desarrollo
de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el
Código Aduanero de la Unión
ID: 
137830