Una empresa presta servicios de arrendamiento de viviendas en nombre propio aunque por cuenta de un tercero que es propietario de las viviendas. Tributación de la operación y base imponible.
Hay dos operaciones: una entre el propietario de las viviendas y el comisionista que gestiona los arrendamientos en nombre propio (operacion sujeta y no exenta al IVA) y otra entre el comisionista y los inquilinos de las viviendas (operacion sujeta al IVA aunque podría resultar exenta).
Base imponible: en el servicio prestado por el comisionista a los inquilinos, la base imponible es la contraprestación pactada entre las partes. En el servicio prestado entre el propietario y el comisionista, la base imponible es la contraprestación pactada por el comisionista con los inquilinos menos el importe de la comisión acordada con el propietario.
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