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IRNR - Venta vivienda en suiza por residente

Consulta: 

CIUDADANO SUIZO RESIDENTE EN ESPAñA, VENDE LA VIVIENDA EN SUIZA PAGANDO LOS IMPUESTOS ALLI. ¿SE APLICA EL ART. 23 DEL CONVENIO DE DOBLE IMPOSICION (RENTAS EXENTAS) O SE APLICA EL ART. 82 DEL TEXTO REF. DE LA LEY DEL I.R.P.F.?

Respuesta corta: 

SE APLICAN LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN EL CONVENIO DE DOBLE IMPOSICION SUSCRITO POR ESPAñA, EN EL QUE SE ATRIBUYE AL ESTADO DE SITUACION LA POTESTAD PARA GRAVAR DICHAS RENTAS. EL ESTADO DE RESIDENCIA DEJARA EXENTAS DICHAS RENTAS, PERO PARA CALCULAR EL IMPUESTO DE LAS RESTANTES RENTAS PUEDE APLICAR EL TIPO QUE CO- RRESPONDERIA SIN ESTA EXENCION.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
ART. 13 Y 23.1 DEL CONVENIO HISPANO-SUIZO. ART. 5 TEXTO REF.LEY IRPF( R.D.L. 3/2004 DE 05.03).
ID: 
112765