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IRNR - Responsabilidad solidaria del representante

Consulta: 

ESTABLECIMIENTO PERMAMENTE CONCEDE UN MANDATO A UNA ENTIDAD ESPAñOLA PARA QUE ACTUE COMO SU ASESOR Y REPRESENTANTE EXCLUSIVAMENTE A EFECTOS FISCALES ANTE LA ADMINISTRACION. ¿EL MANDATO PERMITE CALIFICAR A LA ENTIDAD ESPAñOLA COMO RESPONSABLE SOLIDARIA?

Respuesta corta: 

A LOS EFECTOS DE LA LEY DEL IRNR LA ENTIDAD ESPAñOLA TENDRA LA CONSIDERACION DE REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD NO RESIDENTE. EN CAMBIO, RESPECTO DE SU CALIFICACION COMO RESPONSABLE SOLIDARIA, SI A LA ADMINISTRACION LE CONSTA LA IDENTIDAD DE LA PERSONA CON FACULTAD DE CONTRATAR NO CONSIDERARA RESPONSABLE SOLIDARIO AL MERO REPRESENTANTE FISCAL SIN RELACION CON LA ACTIVIDAD ECONOMICA DEL ESTABLECIMIENTO PERMANENTE, SIN PERJUICIO DE LA RESPONSABILI-DAD GENERAL RECOGIDA EN LA LGT QUE INCLUYE ENTRE LOS RESPONSABLES SOLIDARIOS A LAS PERSONAS QUE SEAN CAUSANTES O COLABOREN ACTIVA- MENTE EN LA REALIZACION DE UNA INFRACCION TRIBUTARIA.

Respuesta extendida: 
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Normativa: 
ARTS.9.4, 10.2 TEXTO REF.LEY IRNR;42.1.A) L.58/2003;DGT.29.01.04
ID: 
112858