PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA RENUNCIA AL RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL APLICABLE A TRABAJADORES DESPLAZADOS A TERRITORIO ESPAÑOL. PROCEDIMIENTO.
CON CARÁCTER GENERAL, LA RENUNCIA AL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRIBUTACIÓN POR EL IRNR DEBE REALIZARSE DURANTE LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL AÑO ANTERIOR AL QUE SURTE EFECTOS.
SI SE COMUNICA LA RENUNCIA NO SE PUEDE VOLVER A OPTAR POR EL RÉGIMEN ESPECIAL.
PROCEDIMIENTO:
A)PRESENTACIÓN DEL MODELO 145 A SU RETENEDOR QUE LE DEVOLVERÁ UNA COPIA SELLADA.
B) PRESENTACIÓN DEL MODELO 149 A LA AGENCIA TRIBUTARIA, ADJUNTANDO LA COPIA SELLADA DEL MODELO 145.
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