¿CUALES SON LOS PAISES Y TERRITORIOS CONSIDERADOS COMO PARAISOS FISCALES?
Tienen la consideración de paraísos fiscales los países y territorios que se determinen reglamentariamente.
En tanto no se determinen reglamentariamente, tendrán dicha consideración los países o territorios previstos en el artículo 1 del Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio.
Por otra parte, el artículo 2 del citado Real Decreto establecía que los países y territorios a los que se refiere el artículo 1 que firmen con España un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información dejarán de tener la consideración de paraísos fiscales en el momento en que dichos convenios o acuerdos entren en vigor ( ver países que han salido de la lista original en las preguntas con código de referencia 130025 y 130026).
A partir de 1 de enero de 2015, la relación de países y territorios que tienen la consideración de paraísos fiscales se podrá actualizar atendiendo a los criterios previstos en la nueva redacción (por Ley 26/2014) del apartado 2 de la disposición adicional primera de la Ley 36/2006. En consecuencia, a partir de 1 de enero de 2015 la actualización de la lista no tendrá carácter automático sino que deberá realizarse de manera expresa.
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