¿LAS EAR CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO CON PRESENCIA EN TERRITO- RIO ESPAñOL ESTAN OBLIGADAS A REALIZAR PAGOS FRACCIONADOS?
SI. LAS EAR CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO CON PRESENCIA EN TERRI-TORIO ESPAñOL ESTAN OBLIGADAS A REALIZAR PAGOS FRACCIONADOS A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES EN LOS MISMOS TERMINOS QUE LOS CONTRIBUYENTES POR EL I.R.N.R. CON ESTABLECI- MIENTO PERMANENTE EN ESPAñA, SI BIEN LAS CUANTIAS DE AQUELLOS SE-RAN LAS CORRESPONDIENTES A LA PARTE DE RENTA ATRIBUIBLE A LOS MIEMBROS NO RESIDENTES.
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