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IRNR - Constituida españa. sin activ. economica. transmision inmuebles

Consulta: 

EN EL CASO DE TRANSMISIONES DE BIENES INMUEBLES SITUADOS EN TERRITORIO ESPAÑOL,¿EXISTE OBLIGACIÓN E PRACTICAR RETENCIÓN POR PARTE DE LOS ADQUIRENTES SI ALGUNO DE LOS MIEMBROS DE LA E.A.R. NO ES RESIDENTE EN TERRITORIO ESPAÑOL?

Respuesta corta: 

CUANDO ALGUNO DE LOS MIEMBROS DE LA EAR NO SEA RESIDENTE EN TERRITORIO ESPAÑOL, EL ADQUIRENTE PRACTICARÁ E INGRESARÁ A TRAVÉS DEL MODELO DE DECLARACIÓN 211, SOBRE LA PARTE DE LA CONTRAPRESTACIÓN ACORDADA QUE CORRESPONDA A DICHOS MIEMBROS, LA RETENCIÓN QUE RESULTE POR APLICACIÓN DEL ART. 25.2 DEL TR LIRNR.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
ART. 36.3 TEXTO REF. LEY IRNR ( RDL 5/2004 DE 05.03).
ID: 
112866