Si a un obligado estadístico le presenta las declaraciones un tercero declarante, ¿No puede en ningún caso presentar una declaración por sí mismo en un caso puntual (p.e., vacaciones)?.
La puede presentar siempre, al margen de su tercero incluso para un periodo en el que el TERCERO también presente declaraciones. No tiene más que entrar (evidentemente con el certificado de la firma electrónica propia del obligado) en la Sede Electrónica y proceder a la remisión de la declaración, cuidando, eso si, de que si su tercero declarante ha presentado ya alguna declaración para ese periodo y flujo, poner un número de declaración distinto, pues si la remite con un número ya utilizado el sistema la rechaza. Lo que si que tiene que tener en cuenta es que el 3º no va a poder ver, modificar o anular, esta declaración sino que siempre lo tendrá que hacer el obligado que hizo la presentación. Por el contrario, el obligado, con su firma, si puede, con su firma, anular o modificar una declaración que haya presentado su 3º declarante sin tener que dar cuenta alguna a su 3º declarante. ¡El obligado hace con sus declaraciones lo que quiera pudiendo operar al margen de su TERCERO.
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