En la Diputación Foral de Vizcaya. Las retenciones por rendimientos del trabajo se ingresan en la Hacienda Foral correspondiente cuando se trate de trabajos o servicios prestados en el País Vasco. Si el trabajador presta sus servicios en territorio común y vasco, las retenciones se ingresarán en el territorio donde se encuentre el centro de trabajo al que esté adscrito el trabajador (en este caso, la oficina de Bilbao), sin que a estos efectos tenga relevancia el territorio en el que tenga su residencia habitual la persona física perceptora de tales rendimientos.
Por otra parte, a efectos de la declaración del IRPF del perceptor de los rendimientos, tienen validez las retenciones que se le hayan practicado tanto en territorio común como en territorio foral.
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