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IAE - Turismo rural

Consulta: 

Agricultores que ofrecen su casa como alojamiento, dentro de la iniciativa de fomento del turismo rural. Clasificación.

Respuesta corta: 

Deben clasificarse en el grupo 685 de la Sección 1 (alojamientos turísticos extrahoteleros).

Podrán prestar servicios complementarios consistentes en proporcionar actividades de ocio y tiempo libre, tales como senderismo, buceo, vela, tenis, etc., siempre que éstos se exploten directamente por los titulares de la actividad de alojamiento y se destinen a uso exclusivo de sus clientes.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Grupo 685 Sección 1 Tarifas Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
Regla 4 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175 / 1990 , de 28 de Septiembre de 1990 .
DGCHT 1442, DGCHT 2309
ID: 
109057