¿En que epígrafe se clasifica la actividad de periodismo realizada por una persona jurídica?
Al ser ejercida la actividad por una persona jurídica, debe encuadrarse en la Sección 1 de actividades empresariales. En dicha Sección no se encuentra clasificada específicamente la actividad de periodismo, por lo que tributará provisionalmente en el grupo 999 de la misma (otros servicios n.c.o.p.).
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