Una sociedad civil ofrece espectáculos en un local propio (pub) y además lleva espectáculos propios a locales ajenos ¿en qué epígrafe se clasifica?
Además de la clasificación que corresponda al pub, deberá clasificarse en el epígrafe 965.1, 965.2 ó 965.3 de la Sección 1 por los espectáculos en locales propios.
Por los espectáculos en locales ajenos no necesita otro epígrafe ya que los mismos se consideran realizados desde el local donde se ejerce la actividad.
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