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IAE - Enseñanza: profesional o empresarial

Consulta: 

¿Cuál es la diferencia entre actividad empresarial y profesional a efectos del I.A.E.? ¿Puede considerarse actividad profesional la enseñanza que se ejerce en una vivienda y empresarial cuando se ejerza en un local independiente?

Respuesta corta: 

Se considera profesional de la enseñanza, quien actuando por cuenta propia desarrolle personalmente la actividad de que se trate.

Se estará ante un empresario cuando la actividad se ejerza no como una manifestación de la capacidad personal, sino como consecuencia de la puesta al servicio de la actividad de una organización empresarial, desvinculada formalmente de la personalidad profesional intrínseca del profesor.

Si el sujeto pasivo realiza directamente y personalmente la actividad se considera profesional. Si tal actividad se ejerce en una organización (academia, centro de estudios, etc.) se considera una actividad empresarial.

Es irrelevante que la actividad se desarrolle en una vivienda o en un local independiente utilizado, en virtud de cualquier título (propiedad o arrendado), ya que en uno u otro supuesto se está ante un local a efectos del impuesto.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
DGCHT 576
ID: 
109496