¿Qué requisitos debe cumplir la solicitud de intervención?
La solicitud por la que se pide a las autoridades aduaneras intervengan sobre mercancías sospechosas de vulnerar un derecho de propiedad intelectual deberá presentarse mediante el formulario electrónico que aparece en la SEDE ELECTRONICA de la pagina web de la Agencia Tributaria que contendrá toda la información que la normativa de la UE se exige y cuyo enlace es:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DB07.shtml
Excepto en los supuestos recogidos en el artículo 3, punto 3, del Reglamento solo se permitirá presentar una solicitud nacional y una solicitud de la Unión por Estado miembro para el mismo derecho de propiedad intelectual protegido en dicho Estado miembro. En los supuestos contemplados en el artículo 3, punto 3, se permitirá más de una solicitud de la Unión.
Las autoridades aduaneras deberán autorizar la solicitud de intervención en el plazo máximo de 30 días.
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