¿Quién debe enviar el aviso de llegada (AN)? ¿Qué forma tiene?
El aviso de llegada es ÚNICO por medio de transporte y debe enviarlo SIEMPRE el operador del medio de transporte activo.
Este aviso está formado por los datos que se indican a continuación (Entry Key), que tal y como exige la normativa, permiten identificar las ENS presentadas para las mercancías transportadas en ese buque y realizar los controles que correspondan en función del riesgo identificado, incluido el FROB:
- Tipo de medio de transporte
- Código IMO del buque (marítimo) o número de vuelo (aéreo)
- Fecha de llegada esperada
En España, actualmente, estos datos ya son transmitidos en la cabecera de la DSDT por lo que el aviso de llegada estará incluido en la misma.
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