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ENS - Concepto de transporte combinado, ¿quién debe enviar la ens?.

Consulta: 

Qué se entiende por transporte combinado?, ¿Quién debe enviar la ENS en estos casos?.

Respuesta corta: 

Las reglas del transporte combinado se aplican a aquellos casos en que el medio de transporte activo que entra en el territorio aduanero comunitario (ferry) se limita a transportar otro medio de transporte que, tras entrar en el territorio aduanero comunitario, se moverá por sus propios medios como un medio de transporte activo (camión).

En estos casos, el transportista no es el operador del ferry sino la compañía que opera el camión y que ha expedido el correspondiente CMR, siendo responsable de presentar la ENS.

El tipo de transporte, a efectos de determinar los datos que debe declararse es marítimo y los plazos de presentación de la ENS son los que correspondan al ferry.

Por último, en la ENS debe declararse, como identificador del medio de transporte activo que cruza la frontera, el código IMO del ferry.

En el caso anterior ¿no es necesario declarar la matrícula del camión?

Sí, la matrícula del camión debe declararse en el campo -Conveyance reference number- precedida del código -XFER-. En ningún caso debe declararse en el campo destinado al nº de contenedor.

En caso de que haya que declarar las matrículas de la cabeza tractora y del remolque, se declararán de forma consecutiva separadas por PUNTOS

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 5.40) del Código de la Unión, Reglamento nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
Anexo 9 del Reglamento Delegado (UE) 2016/341 de la Comisión, por el que se completa del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamen-
to Europeo y del consejo en lo que se refiere a las normas transitorias para determinadas disposiciones del Código Aduanero de la
Unión mientras no estén operativos los sistemas electrónicos pertinentes y por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE)
2015/2446
Orden EHA/1217/2011, de 9 de mayo, por la que se regula el procedimiento de entrada y presentación de mercancías introducidas en
en territorio aduanero comunitario y la declaración sumaria de depósito temporal, así como la declaración sumaria de salida y la
notificación de reexportación en el marco de los procedimientos de salida de las mercancías de dicho territorio
ID: 
137580