Contribuyente divorciado, con dos hijos a su cargo de forma exclusiva, en sentencia de divorcio se estipula anualidades por alimentos por los hijos, pero el otro progenitor incumple la sentencia. ¿Tendría derecho a cobrar la deducción?
Según la normativa, se tendrá derecho a la percepción de la deducción los contribuyentes con dos hijos que se aplicar el mínimo por descendientes en su totalidad, y sin derecho a percibir anualidades por alimentos.
En este caso el contribuyente si tiene derecho a percibir anualidades por alimentos a favor de los hijos, pudiendo reclamar su cobro en instancias judiciales, por lo tanto no tendrá derecho a la deducción.
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