¿Es posible emitir la factura rectificativa a efectos de la modificación de la base imponible antes de la publicación del auto de declaración de concurso en el BOE?
Sí. La circunstancia que determina la posibilidad de proceder a la modificación de la base imponible en virtud de lo preceptuado en el artículo 80.Tres de la Ley del Impuesto es la declaración de concurso del deudor con posterioridad al devengo de la operación.
Teniendo en cuenta lo anterior, la expedición de la factura rectificativa podrá realizarse tan pronto como el sujeto pasivo tenga conocimiento de la existencia del auto que declare la situación de concurso del deudor.
Dicha modificación deberá llevarse a efecto antes del transcurso del plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración de concurso.
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